Términos y Condiciones
Argen→Courier ofrece servicios logísticos tanto a nivel nacional como internacional, operando en total conformidad con las normativas vigentes. Cualquier disputa relacionada con los términos y condiciones aquí establecidos estará sujeta a la jurisdicción que determine la legislación aplicable. En el caso de que alguna cláusula o parte de estas condiciones sea considerada nula o ineficaz, las demás cláusulas permanecerán válidas y en pleno efecto.
1. Horario de Entregas en el Ámbito Nacional: Nuestras entregas en todo el territorio nacional se realizan de 8:00 a 19:00 horas.
2. Tarifas sin Inclusión de IVA: Las tarifas comunicadas y publicadas no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), a menos que se especifique lo contrario.
3. Tarifas sin Inclusión de Seguro: Las tarifas comunicadas y publicadas no incluyen el costo del seguro, a menos que se especifique lo contrario.
4. Cálculo del Costo de Envíos Nacionales e Internacional: El costo de envío dentro del territorio nacional se calcula según el peso, considerando el mayor valor entre el peso real y el volumétrico. El peso volumétrico se determina multiplicando el largo (cm) por el alto (cm) por el ancho (cm) y dividiendo el resultado por 5000 (consultar la política de envíos internacionales en las Condiciones Particulares de Courier Internacional).
5. Recargos por Servicios Específicos: Las tarifas de envío no incluyen recargos por servicios adicionales específicos, a menos que se especifique lo contrario.
6. Responsabilidad sobre el Contenido: La responsabilidad de Argen→Courier se limita al transporte y manejo de la carga, no cubriendo los contenidos de los envíos.
7. Embalaje Apropiado por Parte del Cliente: El cliente es responsable de embalar la carga de manera adecuada y segura.
8. Cobertura de Daños: Los daños no están cubiertos, salvo en casos evidentes y comprobables de negligencia durante el manejo y distribución por parte de Argen→Courier.
1. Argen→Courier: por tal expresión se hará referencia a Argen→Courier, sus filiales, sucursales y empresas subsidiarias, quien actuará como agente de carga, freight forwarder o agente embarcador, con sus correspondientes empleados, agentes y contratistas.
2. Remitente: el expedidor, el vendedor, el dueño de la carga, sus agentes, representantes o quien hace entrega a Argen→Courier del (los) paquete(s).
3. Consignatario: quien recibe el envío, el receptor del (los) paquete(s), el destinatario. Guía Aérea/Airwaybill: es aquel documento emitido por Argen→Courier para identificar y hacer seguimiento de un envío o más que deben manejarse como un sólo embarque.
4. Envío: se denomina así a todos los paquetes entregados y aceptados por Argen→Courier bajo sólo una guía aérea. Por paquete se deberá entender a todo objeto empacado, caja, bulto, sobre o recipiente despachado por el Remitente.
5. Transporte Terrestre: son los envíos exclusivamente o parcialmente transportados por carretera de acuerdo a un acuerdo explícito o implícito de un país que sea parte del convenio sobre el contrato de transporte internacional de
mercancías por carretera.
3.1 El Remitente designa a Argen→Courier para que actúe como su agente de carga a los fines de llevar acabo el despacho aduanero y los controles de exportación. En cumplimiento de dichas funciones el Remitente autoriza a Argen→Courier a: (i) contratar a terceros debidamente autorizados para ofrecer servicios y cumplir los contratos, quienes estarán amparados
por estos términos y condiciones; (ii) completar o corregir cualquier documento y pagar cualquier arancel, impuesto o sanción exigidos por la legislación y normativa aplicables; y (iii) actuar como Consignatario exclusivamente con el fin de designar a un agente de aduanas para llevar a cabo el despacho aduanero.
3.2 Argen→Courier rechazara aquellos paquetes que se consideren peligrosos por su naturaleza o cuyo transporte se encuentre prohibido por la normativa de cualquier gobierno nacional, provincial o local en los países de origen o destino. Argen→Courier se reserva el derecho de rechazar todo paquete que, a su juicio, no se encuentre embalado de modo adecuado, que sea operacional o económicamente inadecuado para el transporte, o que pudiese manchar, ensuciar, contaminar o dañar otra mercancía o equipo transportado por Argen→Courier.
3.3 El Remitente autoriza a Argen→Courier a abrir e inspeccionar cualquier paquete por requerimiento de las autoridades gubernamentales del aeropuerto o de la aduana y por motivos de seguridad o de regulación.
4.1 El Remitente garantiza y es exclusivamente responsable del cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables, incluyendo, pero no limitado, a los reglamentos de aduanas, importación y las normas gubernamentales del país de origen y de destino.
4.2 El Remitente deberá proveer toda la información requerida en la guía aérea y adjuntar toda la documentación exigida por la normativa del país de origen y de destino del envío, incluidos permisos, licencias o autorizaciones, entre otros. Estos serán provistos en carácter de declaración jurada y serán utilizados para los procedimientos requeridos por las autoridades en aduana y para la determinación de cualquier arancel e impuesto aplicable durante el clareo de aduana en destino. Si ellos fuesen insuficientes, el Remitente autoriza a Argen→Courier a completar, corregir, reemplazar los documentos en su representación o incluso emitir una nueva guía aérea para completar la entrega. Los gastos en que Argen→Courier incurra por la deficiencia de la documentación o información aportada se encontraran a cargo del Remitente.
4.3 El Remitente garantiza la veracidad de la información provista y que cada elemento del envío se encuentra descrito adecuadamente en la guía aérea y en cualquier otro documento asociado a la exportación. La provisión de información falsa o fraudulenta en violación de las leyes de exportación de la República Argentina es pasible de recibir sanciones civiles y penales, las cuales recaerán sobre el Remitente.
4.4 El Remitente garantiza que el envío está debidamente etiquetado, correctamente consignado el domicilio del destino y empaquetado de modo tal que el contenido quede razonablemente protegido y en condiciones aceptables para su envío.
4.5 El Remitente garantiza que el envío no contiene elementos o sustancias inflamables, explosivas o que por su naturaleza contengan peligro para las personas que las manipulan como para otros envíos.
4.6 Ante el caso de que el envío sea rechazado por el Consignatario, o que por cualquier otra razón no pueda concretarse la entrega, este será retenido en destino y Argen→Courier contactará al Remitente para obtener instrucciones al respecto. Frente a la imposibilidad de concretar la entrega del envío, Argen→Courier se compromete a realizar cuanto esté a su alcance, dentro de lo razonable, para devolver el envío al Remitente por cuenta de este. De no ser posible, el envío podrá ser abandonado, destruido, enajenado o vendido sin incurrir en ningún tipo de responsabilidad hacia el Remitente u otra persona. En el supuesto de que se proceda a su venta, se aplicaran las ganancias contra los costos y cargos del envío, devolviendo el resto de las ganancias obtenidas en la venta al Remitente.
4.7 El Remitente mantendrá indemne y compensará a Argen→Courier por cualquier daño o pérdida que se derive del incumplimiento de las obligaciones previamente enunciadas, incluyendo el pago de multas, impuestos, aranceles, gastos de almacenamiento y todo otro tipo de gastos vinculados con el envío.
5.1 El precio del envío se cotiza en base al peso bruto o dimensional (peso volumétrico) del paquete, siendo aplicable entre ambos el que sea mayor; las fracciones de una unidad de medida se incrementan a la unidad siguiente. El peso dimensional se determina de acuerdo con lo establecido por la Asociación Internacional para Transporte Aéreo (IATA).
5.2 El Remitente y el Consignatario serán responsables por las sanciones, multas, impuestos, aranceles, gastos de almacenamiento, cargos de transporte y todo tipo de gastos y cargos incurridos por Argen→Courier relacionado con este envío. A menos que se indique lo contrario, los cargos serán a realizarse en destino. El pago de los cargos podrá solicitarse antes de realizar la entrega del envío.
5.3 Recargo de combustible (FSC): Las tarifas de servicios incluirán en la factura un recargo por las fluctuaciones en los precios de los combustibles. El índice, cantidad y período de tiempo de la sobretasa serán determinadas por Argen→Courier, pudiendo modificarlos sin previo aviso.
Salvo regulación contraria en los países de origen o destino, Argen→Courier ofrece las siguientes opciones de facturación:
1. El Remitente paga los servicios – el Remitente paga todos los gastos de transporte y el Consignatario paga los aranceles y los impuestos del país de destino.
2. El Consignatario paga los servicios – el receptor paga todos los cargos de transporte, aranceles e impuestos en el país de destino (previa presentación de la carta de compromiso para asumir el incumplimiento del Consignatario).
3. FOB – el Remitente paga los cargos hasta el punto de exportación y el Consignatario paga el transporte internacional además de los cargos terminales (consultar países autorizados).
4. Servicio C & F (costo y flete) – el Remitente paga los cargos de transporte hasta el punto de importación y el Consignatario paga los cargos terminales (previa presentación de la carta de compromiso para asumir el incumplimiento del Consignatario).
5. Arancel de entrega pagado, impuesto sobre el valor añadido no pago – el Remitente paga el arancel aplicable del país de destino, en caso de que corresponda hacerlo, además de todos los cargos de transporte, y el Consignatario paga el impuesto sobre el valor añadido de destino.
6. Facturación de los gastos, aranceles e impuestos del envío al Remitente – el Remitente paga los impuestos y aranceles aplicables del país de destino, en el caso correspondiente, además de todos los cargos del envío. El Remitente será
responsable del pago en caso de que estos cargos no serán pagados por el Consignatario o por un tercero.
7.1 La responsabilidad por pérdidas, daños o demoras se establece de acuerdo con lo pactado en la Convención de Varsovia de 1929 para la unificación de ciertas reglas relativas al transporte aéreo internacional y sus subsiguientes enmiendas y protocolos.
7.2 La responsabilidad de Argen→Courier por pérdidas, daños o demoras se limitará a los daños directos comprobados hasta por un monto que no exceda al valor del mercado o declarado del envío, o a la suma de 17 Derechos Especiales de Giro por kilogramo (aproximadamente US$34 por kilogramo), resultando aplicable el menor de ellos; salvo declaración especial de valor hecha por el Remitente en el momento de la entrega del paquete a Argen→Courier, mediando el pago de un valor adicional. La responsabilidad de Argen→Courier no será extensiva a los daños indirectos causados, como lucro cesante, perdida de futuros negocio, perdida de reputación, entre otros.
7.3 En caso de pérdida o daño parcial de una parte de las mercancías o de cualquier objeto en ellas contenido, solamente se tendrá en cuenta el peso total del paquete afectado o su valor correspondiente para determinar el límite de responsabilidad de Argen→Courier. El valor declarado para cada paquete se determinará dividiendo el valor total declarado por el número de paquetes en el envío.
7.4 En el caso de que el valor del envío supere el máximo cubierto, el Remitente deberá efectuar una declaración especial de su valor al momento de la entrega del paquete a Argen→Courier y pagar el costo adicional correspondiente. En tal caso la responsabilidad de Argen→Courier será hasta el valor declarado. Asimismo, Argen→Courier evaluará el cobro de un cargo adicional basado en la tarifa en vigor en el momento del envío por cada US$100 o fracción superior a US$100 del valor declarado para el seguro por envío.
7.5 Argen→Courier no será responsable por las pérdidas, daños o demoras en las siguientes circunstancias: (i) por los daños causados por los actos u omisiones del Remitente, del Consignatario y/o cualquier otra persona que tenga interés en el envío, incluyendo, pero no restringido, el caso de declaración errónea del envío, embalaje inadecuado o documentación incompleta; (ii) por los envíos donde el Remitente se niegue a contratar una cobertura de seguro; (iii) por los envíos que contengan dinero en efectivo, moneda extranjera u otros elementos prohibidos; (iv) por demoras causadas por feriados laborales o días festivos que afecten el compromiso de entrega de Argen→Courier; las entregas programadas a realizarse durante un feriado serán reprogramadas para ser entregado al
día hábil siguiente; y (v) demoras atribuibles al agente aduanero designado por el Remitente o Consignatario, cuando este sea diferente a Argen→Courier; el compromiso de entrega de Argen→Courier se cumplirá con la notificación al agente de aduanas que el envío se encuentra disponible.
7.6 Argen→Courier no será responsable por las pérdidas, daños o demoras causadas por incidentes que se encuentran fuera del control de Argen→Courier. Entre estos se incluye, solo a modo enunciativo: casos de “Fuerza Mayor” – ejemplo: actos de la naturaleza, condiciones climáticas, fallas mecánicas, guerras, pandemias, huelgas, acciones sindicales, disturbios, entre otros–; actos de las autoridades públicas (incluyendo los funcionarios de aduanas y los agentes de salud) con autoridad real o aparente, o por terceros no contratados por Argen→Courier; daños físicos o electrónicos causados por el inadecuado embalaje del envío o por su naturaleza, cuya responsabilidad es del Remitente.
7.7 Argen→Courier no ofrece garantías en la prestación de sus servicios contratados, ya sea expresa o implícita.
8.1 En caso de daños en los envíos, incluyendo su pérdida parcial, el Remitente deberá comunicar a Argen→Courier su protesta inmediatamente después de descubierto, o más tardar dentro de un plazo catorce (14) días corridos de realizada la entrega.
8.2 En el caso de demoras en la entrega o pérdida total del envío, el Remitente deberá transmitir a Argen→Courier su protesta dentro del plazo de los catorce (14) días siguientes a la fecha en que el envío debería ser puesto a disposición del Consignatario.
8.3 La protesta deberá formularse por escrito en la guía aérea al momento de su entrega o mediante escrito formal dirigido a Argen→Courier dentro del plazo previsto. La protesta por escrito deberá incluir con claridad el motivo de su reclamo, el número de cuenta del Remitente con Argen→Courier, el número de la guía aérea o el número de seguimiento para el envío, el peso del envío y la información completa del Consignatario (nombre, dirección y código postal).
8.4 Efectuada la protesta, Argen→Courier analizará el reclamo del Remitente y su procedencia. En respuesta de la protesta formulada Argen→Courier podrá remitir al Remitente las razones por las cuales su envío no se encuentra cubierto y/o proporcionar los comprobantes o documentos que expongan el debido cumplimiento de sus servicios, como el comprobante de entrega, o que verifiquen la existencia de una causal de exención de responsabilidad de Argen→Courier, como las contenidas en los puntos 6.5 y 6.6.
8.5 La falta de protesta por parte del Remitente o Consignatario dentro de los plazos previstos tendrá como consecuencia la inadmisibilidad de todas las acciones contra Argen→Courier.
9.1 El Remitente tendrá derecho a percibir un reembolso, parcial o total, de los cargos del envío por deficiencias del servicio, siempre y cuando se formule la protesta en el plazo y forma previsto en el punto 7 y se cumplan las condiciones listadas en el punto 8. Las devoluciones solo serán por los cargos de envíos, sin incluir otro concepto, como los aranceles aduaneros, impuestos, sanciones u otros cargos que se abonen, incluyendo los cargos por servicios secundarios.
9.2 Las solicitudes de reembolso tendrán que ser dadas por escrito al departamento de servicio al Remitente de Argen→Courier.
9.3 Sólo se permite un reembolso por envío. En el caso de envíos con varios paquetes, si se produjera una deficiencia en el servicio de uno de los paquetes del envío se dará un reembolso o crédito por parte de los cargos de envíos correspondientes solo a ese paquete.
9.4 La garantía de reembolso no será aplicable en los siguientes casos: (i) interrupciones o demoras en el servicio causados por facturas impagas por parte del Consignatario; (ii) falta de entrega cuando el Remitente haya proporcionado una dirección de entrega errónea, no hubiese una persona disponible para recibir el envío o si esta se negase a recibirlo; (iii) los servicios de correo simple o no que no cuenten con seguimiento electrónico; (iv) envíos devueltos o que no pueden ser enviados debido a su naturaleza (ej. baterías de litio, hielo seco u otras mercancías peligrosas o prohibidas); (v) envíos retenidos por las autoridades del país de origen o de destino cuya causa se deba al incumplimiento de las políticas de envío de Argen→Courier en lo referente a la documentación, naturaleza del envío, licencias o permisos de aduana; y (vi) cualquier otra causa o razón descripta en los puntos 6.5 y 6.6.
9.5 Los requisitos de reembolso deberán ser remitidos por el Remitente a Argen→Courier a través de uno de los canales autorizados dentro de los siguientes 15 días hábiles después de la fecha de la factura o dentro de los siguientes 15 días hábiles después de la fecha de envío si está pagando con tarjeta de crédito o por adelantado con efectivo, cheque o transferencia bancaria.
Usted, en calidad de “Remitente” de los servicios contratados con “Argen→Courier”, acuerda en su nombre, así como en nombre del destinatario del Envío (“Destinatario”) y cualquier otra persona interesada en el mismo, que estos Términos y Condiciones serán aplicables.
“Envío” se refiere a todos los paquetes amparados por una Guía aérea de transporte, que pueden ser transportados por el medio que Argen→Courier considere adecuado, ya sea transporte aéreo, terrestre u otro medio.
Se entenderá como “Guía aérea” cualquier documento emitido para identificar y rastrear un paquete o paquetes incluidos en un documento de transporte: guía aérea (air waybill), carta de porte, entre otros.
El “Transporte Terrestre” comprende el Envío exclusiva o parcialmente transportado por carretera, de acuerdo con el Convenio sobre el Contrato de Transporte Internacional de Mercancías por Carretera (“CMR”).
10.1 – Aforo Envíos Courier Internacional: El costo de los envíos se calcula por peso, tomando el mayor valor entre el peso específico y el volumétrico. El peso volumétrico se calcula como el producto del largo (cms) por el alto (cms) por el ancho (cms), dividido por 5000.
10.2 – Autorización: Al entregar su Envío, usted autoriza a Argen→Courier a representarlo como su agente de carga, independientemente de que la Guía aérea esté firmada por usted en persona o en nombre de otra persona con interés en el Envío, y en cumplimiento de todos los términos detallados aquí.
10.3 – Aceptación: Usted acepta que su Envío pueda ser agrupado con envíos de otros Remitentes para su transporte, así como que pueda ser transportado por cualquier ruta y desviado, incluida la posibilidad de parar en lugares de escala intermedios.
10.4 – Embalaje: Es responsabilidad del Remitente garantizar el embalaje adecuado y seguro de su Envío, así como asegurarse de que el contenido esté debidamente protegido y etiquetado. Argen→Courier se reserva el derecho de rechazar el Envío si no cumple con los requisitos de embalaje adecuados.
10.5 – Derecho de Inspección: Argen→Courier se reserva el derecho de inspeccionar el Envío sin previo aviso por razones de seguridad, cumplimiento aduanero u otros requisitos regulatorios.
10.6 – Despacho de Aduanas: Argen→Courier actuará como agente de carga del Remitente para trámites aduaneros y controles de exportación, designando un agente de aduanas para el despacho de aduanas. Usted es responsable de proporcionar información precisa y completa para la Guía aérea y declaración aduanera, así como de cumplir con todas las leyes y regulaciones aplicables.
10.7 – Responsabilidad por Pérdidas o Daños: Argen→Courier cobrará una tarifa fija por guía, que cubrirá hasta cierto monto en caso de extravío o robo del Envío desde la bodega de origen hasta la entrega en el domicilio. La revisión del caso llevará un tiempo específico. La firma de conformidad por parte del destinatario deshabilitará cualquier reclamo posterior sobre el contenido.
10.8 – Exclusiones de Responsabilidad: Argen→Courier no será responsable de pérdidas o daños causados por circunstancias fuera de su control, incluyendo daños eléctricos o magnéticos, características naturales del Envío, interrupciones del servicio debido a la negativa del destinatario a aceptar la entrega, entre otros.
10.9 – Límite Temporal para Reclamos: Los reclamos contra Argen→Courier deben presentarse por escrito dentro de un plazo específico después de la entrega del Envío, según lo establecido por la normativa aplicable.
10.10 – Compromiso del Remitente: El Remitente indemnizará y mantendrá indemne a Argen→Courier por cualquier daño o pérdida derivada del incumplimiento de estos Términos y Condiciones por parte del Remitente.
Toda controversia vinculada con estos Términos y Condiciones deberá ser sometida a la jurisdicción de los Tribunales del país de origen del envío y se regirá igualmente por la legislación de dicho país.
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